La reciente Sentencia del Tribunal Supremo que condena a Bankia a devolver el dinero invertido en la compra de acciones en su momento de salida a bolsa ha levantado mucha expectación. Este artículo pretende simplificar la información que dicha sentencia aporta y contestar las cuestiones más esenciales sobre el tema.
¿Quién puede reclamar que le devuelvan el dinero invertido en comprar acciones de Bankia?
La sentencia a la que hemos hecho referencia se refiere a las personas que compraron acciones de Bankia en el momento de salir a bolsa. Por consiguiente, esta sentencia no afectaría a las personas que compraron acciones en un momento posterior.
¿Qué puedo reclamar?
La sentencia confirma que se puede reclamar el dinero invertido en la compra de acciones de Bankia en su momento de salida a bolsa así como los intereses legales correspondientes.
¿Hasta cuándo puedo reclamar?
Existen dudas sobre esta cuestión: El plazo que marca la ley es de 4 años, no obstante, la duda surge en el momento en que se empiezan a contar esos 4 años.
- Una parte de los abogados considera que se debe empezar a contar el plazo desde el momento en el que Bankia formula sus cuentas y da pérdidas, es decir, el 25 de mayo de 2012, por lo que el plazo para reclamar terminaría el 25 de mayo de 2016.
- En cambio si consideramos que el plazo comienza a contar desde que fueron ratificados los informes de los peritos del Banco de España, a requerimiento del juez de la Audiencia Nacional, es decir el 19 de enero de 2015, el plazo para reclamar se ampliará hasta el 19 de enero de 2019.
Así, ante la duda, recomiendo interponer la demanda antes de 25 de mayo de este año para evitar disgustos ante posibles reclamaciones posteriores.
¿Cuáles son los motivos por los que puedo reclamar?
El Tribunal Supremo considera que existe error en el consentimiento de la persona que compró las acciones debido a que la «incorrección, inveracidad, inexactitud o los errores contables sobre los datos publicitados en el folleto, lleva a concluir que la información económica financiera contable divulgada al público suscriptor, resultó inexacta e incorrecta, en aspectos relevantes, primordiales y sustanciales como son los beneficios y las pérdidas de la sociedad emisora; por tanto, se vulneró la legislación expuesta del Mercado de Valores.«